El Colegio de Abogados desconoce sentencia del TSJ

Transcripción del texto:
Colegio de Abogados del Distrito Capital
La Junta Directiva del Tribunal Disciplinario y el Fiscal del Ilustre Colegio de Abogados manifiestan su rechazo a la decisión dictada por la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, decretada el 14 de Febrero del presente año, mediante la cual destituye a la actual y legítima Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Fiscal y designa en forma inconstitucional y arbitraria una nueva Junta Directiva, un nuevo Tribunal Disciplinario y Fiscal. En este sentido la decisión de la Sala Constitucional viola flagrantemente el principio de Elección de las Juntas Directivas por los agremiados de la institución. En consecuencia lesiona en forma directa el derecho a la participación de los abogados del país, por lo que rechazamos y nos oponemos enérgicamente a esa decisión de la Sala por considerar que no solamente viola la Constitución y las Leyes de la República sino que afecta directamente al Gremio que por mandato Constitucional forma parte integrante del Sistema de Justicia. La Sala Constitucional parte de un falso supuesto cuando desconoce que la actual Junta Directiva fue electa por votación directa, universal y secreta de los abogados en el mes de noviembre de 2006. Lo cual ratifica y legitima la Junta Directiva, al Tribunal Disciplinario y al Fiscal. Elección que se realizó en cumplimiento de un mandato de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y supervisada por el Consejo Nacional Electoral dándose por primera vez una participación masiva de nuestros agremiados. La extemporanea decisión de la Sala Constitucional es contradictoria con la decisión de la Sala Electoral.
Las consecuencias de esta decisión afectan severamente el ejercicio profesional de los abogados juramentados por la actual Junta Directiva y de los abogados autorizados por ella para ejercer ante la casación venezolana., así como las decisiones dictadas por el actual Tribunal Disciplinario, creando un caos jurídico en contra de los abogados y de la ciudadanía con gravames irreparables en los mismos.
Por lo expuesto somos los legítimos representantes del gremio y en tal virtud desconocemos la sentencia usurpadora de los derechos de los abogados de Caracas.
Por último, dado que somos guardianes de la constitucionalidad y de la legalidad y por cuanto nuestra profesión de abogados nos exige cumplir y hacer cumplir las leyes del país, instamos con el debido respeto a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia a que revise y revoque su decisión por contrario imperio de la Ley, por ser una decisión inejecutable.
Finalmente, el gremio de abogados de Caracas se reserva actuar jurídicamente ante los organismos nacionales como en los organismos Internacionales.
Por la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Caracas
Yvet Lugo Urbaez
Presidenta
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DESICION DEL TSJ
DECISIÓNPor las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por intereses colectivos ha sido incoada por los abogados JUAN CARLOS VELÁSQUEZ ABREU y JAVIER SIMÓN GÓMEZ GONZÁLEZ. En consecuencia, la Sala decide lo siguiente:
1.- Declara NULA la conformación de una nueva junta directiva del Colegio de Abogados del Distrito Capital así como la del Tribunal Disciplinario de dicho Colegio, efectuada en contravención a la medida cautelar acordada por esta Sala en el fallo de admisión, por lo que sus actos y actuaciones son nulas de nulidad absoluta, por ser esa designación ilegal e inconstitucional, y efectuada en claro desacato a un mandamiento ordenado por esta Sala como máxima autoridad del Poder Judicial; razón por la cual se designan como integrantes de la Junta Directiva provisional del Colegio de Abogados del Distrito Capital a los ciudadanos: como Presidente LUIS ALBERTO ESCOBAR titular de la cédula de identidad Nº 639.754, como Vicepresidente JULIO LATTAN titular de la cédula de identidad Nº 8.452.139, como Secretario GIOGERLING MÉNDEZ titular de la cédula de identidad Nº 11.565.732, como Tesorero MINORI MARTÍNEZ titular de la cédula de identidad Nº 4.514.240, como Bibliotecario YHONY MÉNDEZ titular de la cédula de identidad Nº 3.478.046, como Primer Suplente LUIS LABRADOR titular de la cédula de identidad Nº 6.242.483, como Segundo Suplente IGNACIO ROMERO y como Tercer Suplente KARLA KEY titular de la cédula de identidad Nº 10.631.910; como miembros provisionales del Tribunal Disciplinario de dicho Colegio a los siguientes ciudadanos: como Presidente RUBÉN LAGUNA NAVAS titular de la cédula de identidad Nº 6.928.845, como Vicepresidente IRMA MUSCARNERI titular de la cédula de identidad Nº 7.237.141, como Secretario ZORAIDA VILLALBA G. titular de la cédula de identidad Nº 16.380.166, como Primer Vocal LUISA MARÍN titular de la cédula de identidad Nº 7.332.175, y como Segundo Vocal JOSÉ LUIS PACHECO titular de la cédula de identidad Nº 3.478.046, y como miembros de la Fiscalía a los ciudadanos ROBERTO BARROETA (Fiscal Principal) titular de la cédula de identidad Nº 6.37.550; y LINA TOVAR (Fiscal Suplente) titular de la cédula de identidad Nº 12.261.909, hasta tanto culmine y se elijan en forma legítima las autoridades del referido ente gremial.
2.- Se ACUERDA el nombramiento inmediato de una nueva Comisión Electoral ad hoc, integrada por los ciudadanos ANA PAULA DINIZ, HÉCTOR ANTONIO FLORES HENSEN y ARMANDO AVILA PADRÓN, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.339266, 3.976.416 y 2.936.659. Esta Comisión Electoral ad hoc, una vez notificada de su designación, tendrá a su cargo la organización del proceso electoral conjuntamente con el Consejo Nacional Electoral en la forma indicada en el fallo dictado por la Sala Electoral el 14 de julio de 2004, para elegir las autoridades del Colegio de Abogados del Distrito Capital. 3.- El proyecto electoral antes referido debe tener en cuenta a todos los abogados, inclusive quienes no se encuentren solventes con el ente gremial, a los fines de que ejerzan su derecho al sufragio, toda vez que lo contrario significa una traba infundada a la participación del colectivo, derecho consagrado constitucionalmente, y que esta Sala está obligada a resguardar y hacer respetar. 4.- El cumplimiento de lo ordenado en este fallo debe ser informado a la Sala, so pena de considerarse un desacato al mandamiento acordado, en cuyo caso se impondrán las sanciones a que se refiere el artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 5.- Se DESESTIMA la temeridad alegada por la parte demandada en torno a las denuncias formuladas por la parte actora. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase copia del presente fallo a la Sala Electoral de este Alto Tribunal. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 14 días del mes de febrero de dos mil ocho (2008). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Presidenta de la Sala,
Luisa Estella Morales Lamuño
El Vicepresidente-Ponente,
Jesús Eduardo Cabrera Romero
Los Magistrados,
Pedro Rafael Rondón HaazFrancisco Carrasquero López Marcos Tulio Dugarte Padrón Carmen Zuleta de MerchánArcadio Delgado Rosales
El Secretario,
José Leonardo Requena Cabello Exp. Nº: 04-1263
JECR/
SENTENCIA COMPLETA
http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/Febrero/11-140208-04-1263.htm
FUNCIÓN SOCIAL DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA (U.C.V.) DE LA ESCUELA DE DERECHO A NIVEL SOCIAL EN EL ÁMBITO POLÍTICO, JURÍDICO COLECTIVO DE LA NACIÓN.
INTRODUCCIÓN
En cuanto a la importancia de la función socialmente activa del estudiante de la escuela de derecho, en nuestro país, esta se remonta desde la génesis de la misma de nuestra gloriosa casa de estudio, en esta elogiable casa nos encontramos con figuras que han aportado a la grandeza de nuestra nación desde las aulas mismas hasta el momento de la obtención de sus títulos académicos, en tan sentido vemos como los aportes de esta escuela a la creación de normas de carácter legislativos era una constante durante mucho tiempo, a los órganos legislativos de la nación, los cambios políticos del siglo veinte se vieron marcadamente influenciados por la participación activa de los estudiante de esta escuela en tal punto podemos destacar las generaciones del 28 y 57 que tal como es destacada por la historia coayuvaron a apuntalar los cambios que se presentaron en el país como consecuencia de la dictaduras que agoniaban a nuestro pueblo.
Por tales motivos y sin menos precio de los grandes valores que han egresado y otros que lastimosamente no lograron los laureles de la finalización de sus carreras tanto en nuestra facultad y especialmente en nuestra escuela, encontramos y podemos afirmar que el estudiante de la escuela de derecho de la Universidad Central de Venezuela, siempre se ha puesto al frente no solo de las luchas sociales y políticas del pueblo sino que han mantenido presencia activa en el desarrrollo socio-jurídico y político de nuestra sociedad y muestra fehaciente de tal afirmación la encontramos en los actuales momentos donde con conocimientos, fuerza y valentía mantenemos presencia en las luchas que nuestro aprendizaje nos insta a seguir. Pese a las adversidades y circunstancias.
JUSTIFICACIÓN
En este anteproyecto quiero tratar de demostrar que la presencia del estudiante de la escuela de derecho UCV, se ha constituido en el tiempo como elemento determinante en el desarrollo jurídico, político y social de nuestra nación, tomando en cuenta que el aporte que este da al país no se limita al ámbito económico individual, por el contrario a la integración de las distintas clase sociales en armonización colectiva y coactiva en post del anhelado desarrollo como sociedad y como país que en los actuales momentos profesa la “busqueda de la defensa y desarrollo de la persona y el respeto a la dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular y a la construcción de una sociedad justa y amante de la paz” teniendo como principios la defensa de los derechos humanos en nuestro país.
FACTIBILIDAD
Tomando en cuenta mi condición personal de estudiante y representante del Centro de Estudiante de la Escuela de Derecho, me encuentro en la posición de tratar de demostrar los valores que originalmente se mantuvieron presentes en esta escuela de parte del cuerpo estudiantil desde sus orígenes mismos. En pro del desarrollo jurídico, político y social de la República.
OBJETIVO GENERAL.
Como ya lo he expuesto la finalidad que tiene este proyecto en su ejecución no es otro que el demostrar si atravéz de los tiempos el estudiante de la escuela de derecho UCV, ha tomado en gran parte actuación histórica y de aporte el los distintos ámbitos del quehacer jurídico y político de la nación,
OBJETIVOS ESPECIFICOS.
Entre los distintos objetivos específicos, podemos enumerar inicialmente los siguientes:
Determinar si en los actuales momentos el estudiante de la escuela de derecho UCV, forma parte en los proyectos de propuestas de creación de leyes ante el poder legislativos.
¿Políticamente el estudiantado de la escuela de derecho UCV, ha sido tomado en cuenta como ente representativo de nuestra sociedad?¿Conseguimos presencia activa del estudiante en los actuales momentos?
Como influye socialmente el estudio a profundidad de los aspectos jurídicos y políticos realizados en esta casa de estudio en las decisiones tomadas por los órganos de dirección del estado venezolano
Interceptada comunicacion de Bernal
Interceptada comunicacion de Bernal
En el programa La Entrevista de RCTV Internacional, Miguel Angel Rodríguez dio a conocer le audio en el que se escucha al Alcalde del Municipio Libertador, Freddy Bernal, girando instrucciones a motorizados para que se concentraran en la Plaza Bolivar para evitar que grupos adversos al gobierno tomaran ese lugar, el cual catalogó como “bastión de la revolución”.
Link externo:
http://tu.tv/videos/grave-muy-grave
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en el link esta el video con la comunicacion en worspress es uj problema poner videos de ese link.


